Ya que la solicitud de la ciudadanía española pasa por varias etapas para saber cual es el estado de expedientes de extranjería. Algunos aparecerán en todos los casos, mientras que otros dependerán del crecimiento del archivo. ¿Quiere saber por qué estados pueden pasar los registros de inmigración?.
Si es así, le daremos toda la información que necesita a continuación cuando ingrese a la sección ‘Cómo hacerlo’ del Departamento de Justicia.
1 – A la espera de poder ser admitido a trámite
Todos los registros de inmigración pasan por este estado tan pronto como se suben a Internet.
Solo significa que el caso se ha registrado y presentado con éxito en el Ministerio de Justicia. El solicitante deberá esperar a que sea tramitado.
2 – Registrado – estado de expedientes de extranjería
Este es el primer paso por el que deben pasar los expedientes cuando se presentan personalmente en la oficina del registrador. Esta es la misma situación que hemos visto antes en los estado de expedientes de extranjería.
3 – Estado de Expedientes de extranjería «Abierto»
Aquí es donde comienza el trámite migratorio, ya que significa que el trámite está debidamente registrado y no hubo problemas durante la presentación de su trámite migratorio.
Las autoridades tramitan la solicitud para decidir si conceden la ciudadanía española al solicitante.
4 – Pendiente de solicitud de informes preceptivos
Esto significa que las autoridades comprobarán si se cumplen los requisitos para la ciudadanía española.
Es decir, para poder seguir trabajando con los expedientes es necesario solicitar una serie de documentos que son requeridos por el propio regulador y relacionados con:
- Antecedentes penales y policiales.
- Si los datos del candidato se ingresan en CNI para su verificación.
- Sujeto a una estancia mínima ininterrumpida en España.
Por ahora, el solicitante no necesita hacer nada ya que el Departamento de Justicia realizará un examen de todos estos puntos.
Todo lo que tiene que hacer es esperar a que la información solicitada y el archivo pasen a un estado.
Si está aquí, le animamos a que lea más sobre el «estado pendiente de los informes finales reglamentarios». Para entender cómo funciona y qué se puede hacer.
5 – Pendiente de respuesta de los informes preceptivos
Los expedientes entran en este estado cuando el regulador ha solicitado finalmente todos los documentos necesarios para realizar la comprobación mencionada en el párrafo anterior.
Así que solo queda esperar a que el Departamento de Justicia reciba todos estos datos para resolver el caso.
6 – En proceso de estudio – Estado de expedientes de extranjería
Cuando se están preparando los registros, significa que las autoridades ya tienen todos los documentos necesarios para verificar los aspectos que mencionamos anteriormente.
Solo queda investigar cierta información y así presentar permisos.
7 – Se requiere – Estado de expedientes de extranjería
En caso de que los registros migratorios estén incompletos o la administración quiera revisar algún aspecto relacionado con el mismo, se pasará a este estado.
El solicitante recibirá un aviso pidiéndole que proporcione cualquier documento que no esté en el archivo o que complemente los que ya están en el archivo.
Por lo tanto, en este caso, el solicitante debe actuar para que el caso continúe.
8 – Pendiente de la firma
Esto significa que ya existe un proyecto de resolución, pero no se ha publicado ni firmado oficialmente. Cuando esto ocurra, se podrá comunicar al solicitante la concesión o denegación de la nacionalidad española.
9 – Pendiente de calificar
Puede suceder que una solicitud califique tanto durante el examen como antes de que se tome una decisión final.
Este estado simplemente significa que las autoridades tienen los documentos necesarios y los han verificado, pero deben decidir si otorgan o deniegan la ciudadanía española.
Los archivos no deberían tardar demasiado en calificar, meses como máximo. Por lo tanto, si han pasado meses y su condición no ha mejorado, puede apelar.
10 – Concedido y Abierto
Cuando un expediente se muestra como «Otorgado», significa que al final se recibirá una decisión sobre la ciudadanía.
Sin embargo, debe esperar hasta recibir una notificación por correo electrónico de que aparecerá un código que cargará la decisión en la carpeta del ciudadano.
A partir de ese momento comienza el plazo para presentar una solicitud de juramento.
11 – El expediente ha sido archivado – Estado de expedientes de Extranjería
Independientemente de que el solicitante solicite la incorporación de los expedientes al archivo, o que la dirección tome cartas en el asunto, en estos casos los expedientes se mostrarán en este estado.
12 – La nacionalidad ha sido denegada
Esto significa que se denegó la ciudadanía española porque no se cumplieron ciertas condiciones que debían cumplirse para obtenerla. La resolución se enviará por correo postal o electrónico o habrá que recogerla en la oficina del registrador.
13 – En vía de recurso
Si se niega la ciudadanía española, el solicitante tiene derecho a apelar esta decisión si no está de acuerdo con la decisión. Y ahora el archivo estará en este estado.
14 – El expediente ha sido estimado por recurso de reposición
Esto significa que el recurso ha sido admitido, pero debe ser firmado por el Director General de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Opinión Pública (GUPN).
Importante: Puedes realizar la consulta de tu expediente de extranjería y ver en que estado se encuentra, y puedes verlo diariamente por si necesitas realizar alguna acción.